Divorcio mutuo acuerdo

Somos conscientes de la situación económica que está atravesando nuestro País, así como que el Gobierno de España ha ampliado los ERTEs hasta el último día de Septiembre para las familias que están sufriendo sobremanera la crisis que ha provocado la pandemia del COVID-19 pueda tener un desahogo económico, así pues desde este Despacho, dentro de nuestras posibilidades, queremos también rebajar nuestros honorarios en determinados procedimientos como es el de Divorcio y Separación porque somos conscientes que cuando la ruptura se produce en una pareja, que no se puede divorciar o separar por falta de medios económicos, repercute en la estabilidad de los cónyuges y sobre todo en los hijos e hijas si los hubiera, así pues los meses de Junio, Julio, Agosto y Septiembre los honorarios para los Divorcios o Separaciones de Mutuo Acuerdo son:    

NO realizamos procedimientos de divorcio de forma ONLINE, TELEFÓNICAMENTE o por CORREO ELECTRÓNICO.


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SIN HIJOS
NI BIENES
 

Demanda de divorcio/separación

Convenio Regulador

Procurador NO INCLUIDO

145 € + IVA
CADA CÓNYUGE 

CON HIJOS
SIN BIENES
 

Demanda de divorcio/separación

Convenio Regulador

Procurador NO INCLUIDO

165 € + IVA
CADA CÓNYUGE 

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SIN HIJOS
CON BIENES
 

Demanda de divorcio/separación

Convenio Regulador

Liquidación de bienes

Procurador NO INCLUIDO

175 € + IVA
CADA CÓNYUGE

CON HIJOS
CON BIENES
 

Demanda de divorcio/separación

Convenio Regulador

Liquidación de bienes

Procurador NO INCLUIDO

195 € + IVA
CADA CÓNYUGE
 



(*) La inscripción del divorcio se practica en virtud de testimonio de la sentencia que el Juzgado remite de oficio al Registro Civil; luego, ni las partes, ni el Abogado, ni el Procurador tienen que hacer nada para que el divorcio se inscriba.

(*) El certificado de matrimonio y los certificados de nacimiento, si los hubiera, se podrán solicitar personalmente en el Registro Civil por cualquiera de los cónyuges, o por internet, a través de la página web del Ministerio de Justicia, donde le enviarán la partida por correo ordinario, todo ello de manera gratuita.



Atención por Abogado identificado con el número de Colegiado 2.229 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón, el Letrado Marco Martín González.
 
Honorarios de Abogado por escrito mediante hoja de encargo. 

Toda la tramitación hasta Sentencia de Divorcio o Separación:

  • Asesoramiento a lo largo de todo el proceso.
  • Redacción de la demanda (divorcio, separación o medidas paternofiliales) de mutuo acuerdo  y convenio regulador que se presentará en el Juzgado.
  • Trámites de apoderamiento ante el Juzgado sin necesidad de otorgar poderes notariales.
  • Atención de consultas de forma presencial, desde la contratación del servicio hasta que se dicte la sentencia. 

Somos conscientes del intrusismo en el sector de la Abogacía con el avance de las nuevas tecnologías por lo que nuestro principal objetivo es darle seguridad a nuestros clientes y la tranquilidad de que su encargo lo realiza un Abogado colegiado, para conseguir nuestro objetivo y la satisfacción del cliente NO realizamos procedimientos de divorcio de forma ONLINE, TELEFÓNICAMENTE o por CORREO ELECTRÓNICO.


Para llevar a cabo este procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo es necesario que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse, viéndose de este modo los costes del divorcio reducidos considerablemente.


En este Artículo Encontrará:
1- Requisitos y procedimiento en el divorcio de mutuo acuerdo
2- Documentos necesarios para iniciar el procedimiento
3- ¿Quién puede solicitar el divorcio?
4- Ventajas del divorcio de mutuo acuerdo


Requisitos y procedimiento en el divorcio de mutuo acuerdo

1. Haber transcurrido tres meses desde el matrimonio, sea civil o religioso.

2. Existencia de acuerdo entre ambos cónyuges.

3. Elaborar un Convenio Regulador en el que deben figurar, obligatoriamente, los acuerdos a los que hayan llegado los esposos sobre el uso y disfrute del domicilio conyugal, la guarda y custodia de los hijos, si los hubiere, el reparto de los bienes gananciales, etc.

4. Deberá aportarse el certificado literal de matrimonio y de nacimiento de los hijos, si los hubiese, así como un certificado de empadronamiento.

5. Presentación de la demanda firmada por abogado y procurador, pudiendo ser estos los mismos para los dos cónyuges al tratarse de un divorcio de mutuo acuerdo.

6. Comparecer en el Juzgado para ratificar la demanda y el convenio.

7. Finalmente se dicta sentencia

8. El juzgado enviará de oficio al Registro Civil correspondiente la sentencia de divorcio para que se inscriba.

Documentos necesarios divorcio mutuo acuerdo

Para iniciar cualquier procedimiento de divorcio la demanda deberá ir acompañada, obligatoriamente, de los siguientes documentos:

- Certificado literal de Matrimonio, Habrá de solicitarse en el Registro Civil de la localidad donde tuvo lugar la celebración del matrimonio. 

- Certificado literal de Nacimiento de los hijos, en el supuesto de que existan hijos en común. Este documento habrá de solicitarse en el Registro Civil de la localidad donde tuvo lugar el nacimiento de los hijos.

(se podrán solicitar personalmente en el registro por cualquiera de los cónyuges, o solicitarlos por internet, a través de la página web del Ministerio de Justicia, donde le enviarán la partida por correo ordinario, todo ello de manera gratuita)

- Certificado de empadronamiento de cualquiera de los cónyuges, Este documento acredita la residencia y domicilio actual de los esposos. Resulta necesario para demostrar la competencia territorial del Juzgado al que iría presentada la demanda de divorcio. 

(se solicita en el Ayuntamiento de la localidad en la que se encuentre empadronado).

¿Quién puede solicitar el divorcio mutuo acuerdo?

El divorcio de mutuo acuerdo puede ser solicitado por ambos esposos, por uno solo de ellos, o por uno de ellos con el consentimiento del otro, en virtud del Artículo 86 del Código Civil. 


No es necesario alegar ninguna causa para divorciarse, siendo suficiente la voluntad de una de las partes para solicitarlo. 

El Código civil en su art. 86 refiere que 

“Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro…” 

Siendo el único requisito el transcurso de tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo que se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad del cónyuge demandante o de sus hijos, en tal caso no será necesario el transcurso de dicho plazo.

Ventajas del divorcio de mutuo acuerdo

1. Menor tiempo de duración.

2. Sencillez en la tramitación del procedimiento. El procedimiento consistirá en:

a. Elaboración de un convenio regulador, que es el documento en el que se contienen los pactos a los que han llegado los cónyuges respecto a la atribución del domicilio conyugal, la patria potestad, la guarda y custodia, el régimen de visitas de los hijos y la pensión de alimentos; en el caso de existencia de bienes comunes, el reparto de bienes y deudas; en su caso, el establecimiento de pensión compensatoria, etc. 
Este convenio deberá ser firmado por los cónyuges.

b. Ratificación del convenio regulador en el Juzgado correspondiente, previa aprobación del mismo por el Juez o el Letrado de la Administración de Justicia, en su caso. 

c. Inexistencia de juicio.

3. Menor coste económico del procedimiento pues la ley permite que ambos cónyuges puedan tener el mismo Abogado y Procurador.

4. Seguridad de que se estimen las pretensiones pues el Juez o el Letrado de la Administración de Justicia  únicamente vigilará que no existen cláusulas que puedan dañar el interés y bienestar de los hijos menores de edad, o que puedan perjudicar gravemente a uno de los cónyuges.

5. Mayor respeto de las partes de las medidas recogidas en el convenio regulador pues han sido pactadas y acordadas por ambas partes y no por un Juez,que es un tercero ajeno, estando las partes más predispuestas al cumplimiento del convenio.

Divorcio Mutuo Acuerdo Gijón