El PODER "APUD ACTA" ELECTRÓNICO es un modo gratuito de otorgamiento del Poder para Pleitos sin necesidad de tener que ir al Notario, y por lo tanto ahorrarnos una cantidad de dinero, o ahorrarnos tiempo y desplazamientos en el caso de que se solicite otorgar poder "Apud Acta" en el Juzgado.
¿QUÉ SON LOS PODERES PARA PLEITOS?
Un Poder para Pleitos es el documento por el que el titular del bien jurídico autoriza a un Procurador para actuar ante los tribunales, en nombre y representación del Poderdante (quien otorga el Poder).
¿PARA QUÉ SIRVEN LOS PODERES PARA PLEITOS?
Este Poder faculta al Procurador a realizar todos los actos como la presentación de la demanda, la contestación a la demanda si eres el demandado, interposición de recursos, etc, y que debe ser entregado al Procurador a quien se le otorga la representación, para que este lo presente en el Juzgado junto a la demanda. De este modo, en el juzgado queda constancia de que el Procurador que representa en el procedimiento al interesado es su verdadero representante.
MODOS DE OTORGAR PODER PARA PLEITOS
Existen tres modos de otorgamiento de poderes para pleitos:
1º.- El Poder para Pleitos "apud acta", esta modalidad es gratuita y que consiste en acudir al Juzgado en el que recayó la demanda cuando éste te cite, es un modo que que ralentiza el procedimiento, pues una vez presentada la demanda hay que esperar a que el Juzgado requiera para el otorgamiento, sin que se realice ninguna actuación hasta que se otorgue dicho poder en el Juzgado.
2º.- Poder para Pleitos Notarial, que consiste en acudir a un Notario para realizar el apoderamiento con los datos de los profesionales, este modo es fácil y rápido, por contra, no es gratuito, con un coste aproximado de 70,00€.
3º.- Poder para Pleitos "apud acta" Electrónico, dicho otorgamiento se realiza desde la página web de la Sede Judicial Electrónica (sedejudicial.justicia.es) y es gratuito, sin necesidad de desplazamientos, con el único requisito de disponer de DNI electrónico o de Certificado Electrónico.
Procedimiento para otorgamiento de un Poder para Pleitos Electrónico:
✓ Acceder a la "Sede Electrónica Judicial" del Ministerio de Justicia.
✓ Pulsando en “Trámites y Servicios” aparece una lista de procedimientos y seleccionaremos “Apoderamiento Apud Acta”.
✓ Una vez seleccionado el tramite pulsaremos sobre la pestaña “Acceder al servicio”.
✓ Elegiremos el modo en que queremos identificarnos "DNIe/Certificado Digital", "Cl@ve Pin", "Cl@ve Permanente", y pulsaremos “acceder” sobre la pestaña elegida. (Normalmente otorgaremos el apoderamiento con “DNIe/Certificado Digital”)
✓ Una vez completados los datos del apoderado, pulsaremos “Siguiente”.
✓ Determinaremos la vigencia del Poder para Pleitos.
✓ Tras firmar digitalmente la declaración, podemos descargar el documento donde consta el apoderamiento y el certificado de registro.
Artículo redactado por Marco Martín González, col. 2229 del Ilustre Colegio de la Abogacía Asturiana.